POLÍTICA INTERNA ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO

POLÍTICA INTERNA ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO POR PARTE DE TODOS LOS CONSEJEROS, FUNCIONARIOS Y PERSONALDE SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS ESPECIALIZADOS PARA LA GESTIÓN DEL AGUA, S.A. DE C.V.

Contenido

1. OBJETIVO 

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

3. CATÁLOGO DE CONDUCTAS.

4.- POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO

4.1.- POLÍTICA GENERAL ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO.

4.2.- POLÍTICAS ESPECÍFICAS DE ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO

5. LINEAMIENTOS

5.1.- ACTOS U OMISIONES DE CORRUPCIÓN

5.2.- ACCIONES ILÍCITAS

6.- CONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD

7. EXCEPCIONES 

8. SANCIONES A INCUMPLIMIENTOS

9. DEFINICIONES 

10.- REGISTRO DE ACTUALIZACIONES.

1. OBJETIVO 

La política anticorrupción y antilavado aplicable a la sociedad mercantil denominada Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V. (TEC DEL AGUA) tiene como objetivo la integración del cumplimiento normativo de los procesos vigentes en contra de la corrupción y lavado de recursos en dinero o en especie; sus estatutos rectores se orientan esencialmente a la prevención, detección, e investigación para advertir o en su caso sancionar el involucramiento en actos de corrupción o lavado de recursos en distintas modalidades de parte de los socios o accionistas, consejeros, funcionarios, directivos y en general todo el personal, proveedores, inversionistas, clientes y personas que participan o colaboran en o con Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V, independientemente del lugar donde residan o presten sus servicios, incluyendo las sociedades y/o particulares sobre las que tiene control de gestión y operación así como aquellas con las que formaliza relaciones contractuales.

La presente política que tienen como finalidad garantizar en la esfera del desempeño de Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V el cumplimiento exacto de tratados internacionales, leyes, regulaciones y normas aplicables en el ámbito de las actividades que desarrolle local e internacionalmente.

Los sujetos obligados al cumplimiento de la presente política quedan adheridos a conducirse conforme a los más altos estándares previstos en el Código de Conducta y Código de Ética de Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

La presente política es de observancia obligatoria a todos los colaboradores los socios o accionistas, consejeros, funcionarios, directivos y en general todo el personal de TEC DEL AGUA, debiendo cumplir íntegramente su contenido, independientemente del cargo que ocupen y del territorio en el que se encuentren, salvo que la legislación aplicable en la jurisdicción en la que opere establezca disposiciones más severas, que deberán prevalecer sobre esta Política. 

La presente Política de aplicación a los sujetos de la Organización, es también puede extensiva, completamente o en parte, a socios de negocio o partes relacionadas, siempre que las concretas circunstancias del caso así lo ameriten, observando en todo momentos los procesos de la Debida Diligencia de la Organización en su selección de Terceros para garantizar el cumplimiento de la norma penal, fiscal, administrativa y de cualquier otra índole, que establezca cualquier obligación para TEC DEL AGUA, de vigilar, sancionar y denunciar las conductas de aquellos que incumplan con sus deberes. 

3. CATÁLOGO DE CONDUCTAS.

Es obligación de cada persona la de estar debidamente informada de las disposiciones establecidas en los Tratados Internacionales, de las Leyes y de su cumplimiento.

a). – Corrupción

Es el acto de ofrecer, exigir, aceptar, obtener o pretender conseguir, por sí o a través de terceros, con motivo de sus funciones, cualquier beneficio indebido derivado de intereses existentes entre servidores públicos con personas físicas o morales con alcance de beneficios mutuos.

b). – Lavado de Dinero

Proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales. Las operaciones realizadas tienen generalmente como finalidad que los fondos o activos obtenidos ilegalmente se reflejen como producto de una actividad lícita.

c). – Riesgos de corrupción

Efecto de incertidumbre ante la probabilidad de ocurrencia de que un acto de corrupción impida el logro de los objetivos de la organización y genere un impacto negativo, pérdida o daño.

d). – Anticorrupción 

Son las acciones, medidas y controles para evitar, erradicar y mitigar la corrupción y sus efectos.

e). – Antilavado

Acciones para prevenir, identificar y combatir las operaciones realizadas con recursos de procedencia ilícita 

4.- POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO

TEC DEL AGUA velará por hacer cumplir su marco de principios y sus valores éticos, se define a continuación:

4.1.- POLÍTICA GENERAL ANTICORRUPCIÓN Y ANTILAVADO.

  1. Los empleados, directivos y miembros del Consejo de Administración de Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V, o cualquiera que actúe en su nombre debidamente autorizado, se obliga a lo siguiente:
  2. No pueden ofrecer, entregar, solicitar o aceptar, de manera directa o indirecta, ninguna ventaja de cualquier valor como incentivo o recompensa para que una entidad física o moral, del sector público o privado, actúe o deje de actuar conforme a los principios y valores de la organización y conforme a la ley aplicable que enmarca la prestación de sus servicios. 
  1. Deberán cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño disciplina y respeto a servidores públicos y particulares en los términos establecidos en el código de ética y código de conducta, a que se refiere la presente política.
  1. Promover la utilización de canales de denuncias presenciales o anónimas de los actos u omisiones que en ejercicio de sus actividades, funciones y responsabilidades llegare a advertir las cuales pudieran constituir conductas antijurídicas, así como garantizar la inexistencia de represalias contra el denunciante. 
  1. Atender las instrucciones de las autoridades públicas y de sus superiores jerárquicos encaminadas al estricto cumplimiento de la Ley.
  1. En caso de recibir instrucción o encomienda contraria a la legislación vigente, deberá denunciar esta circunstancia ante la autoridad competente, el órgano de administración de la organización y sus superiores jerárquicos.
  1. Custodiar y cuidar la documentación e información que tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, divulgación, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos con fines ilícitos.
  1. Supervisar que los sujetos a su cargo cumplan con las disposiciones legales, códigos y políticas.
  1. Colaborar en la investigación de los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea requerido.
  1. Rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones ante las autoridades competentes y sus superiores jerárquicos.
  1. Cerciorarse que la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos o para la enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza o la contratación de obra pública o servicios relacionados con ésta, no ocurra ningún hecho de corrupción o conflicto de interés. 
  1. Abstenerse de celebrar acuerdos comerciales con personas que no acrediten realizar sus operaciones bajo un régimen de legalidad, o se opongan a transparentar y proporcionar la información que brinde certeza jurídica de la debida observancia de la ley, códigos y políticas.
  1. Realizar las acciones necesarias para fomentar el cumplimiento de las obligaciones que establece el presente ordenamiento.
  1. Implementar estrategias de prevención de riesgos de corrupción y lavado.
  1. Desarrollar e impartir la aplicación y capacitación de las presentes políticas acorde al desempeño, funciones y responsabilidades de los sujetos afectos al presente ordenamiento velando que todos tengan acceso a las normas de la Organización.
  1. Impulsar ciclos de sensibilización y formación de la cultura de respeto y salvaguarda de los derechos de las personas, igualdad de oportunidades, no discriminación, fomento y respeto a los derechos humanos.
  1. Identificar las obligaciones de Compliance manteniéndolas actualizadas y difundiéndolas a los miembros de la empresa. 
  1. Gestionar la asignación de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros para la prevención, detección y gestión de riesgos de hechos de corrupción y lavado. 

4.2.- POLÍTICAS ESPECÍFICAS DE ANTICORRUPCIÓN 

Y ANTILAVADO

  1. TEC DEL AGUA declara ser una empresa alineada a un Código de Ética y de Conducta que rechaza actos de corrupción y soborno, y a procedimientos y políticas que mitigan y controlan riesgos de corrupción y soborno en sus relaciones comerciales, inversiones y empleo de recursos. 
  1. TEC DEL AGUA expresamente manifiesta ser una empresa comprometida con el cumplimiento de las regulaciones aplicables de materia de anticorrupción, obligando a sus colaboradores a prevenir actos de corrupción y lavado.
  1. Los colaboradores de Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V están en contra de cualquier forma de corrupción y promueven acciones para que no se materialicen riesgos de corrupción y soborno en los procesos de negocio, ni en ninguna actividad inherente a su cargo o representación. 
  1. En TEC DEL AGUA los actos de corrupción y soborno están prohibidos y no son tolerables.

5. LINEAMIENTOS 

5.1.- Será considerados como corrupción el acto u omisión que a continuación se indica:

  1. El incumplimiento o ejercicio inadecuado de sus obligaciones para obtener un beneficio en particular o para otro de su interés. 
  1. Solicitar a un servidor público, colaborador o algún miembro o participe de otra compañía incumplir o ejercer inadecuadamente sus obligaciones para obtener un beneficio particular o para otro de su interés. 
  1. El ocultamiento, encubrimiento, incitación o ayuda de actos de corrupción cometidos por otro. 
  1. También se consideran actos de corrupción, de manera enunciativa más no limitativa, los que se señalan a continuación: 
  1. Abuso de cargo y de poder: cuando se anteponga el nivel jerárquico dentro de la organización para impedir la ejecución de funciones, normas o el cumplimiento de resoluciones; para apropiarse de bienes de la empresa o en su nombre de manera indebida y/o ilícita; para autorizar negociaciones con clientes y proveedores, contrataciones de personal, o usar recursos en contra de las políticas de la empresa. 
  1. Cohecho: cuando se solicite, exija, acepte, ofrezca, obtenga o pretenda obtener, por sí mismo o a través de un tercero, beneficios no comprendidos en su remuneración y que consistan en dinero, bienes muebles o inmuebles, descuentos o empleos para sí mismo, familiares o terceros con los que tenga relaciones profesionales y/o laborales. 
  1. Colusión: cuando se ejecute un acto de corrupción con uno o más sujetos de la misma organización o ajenos a ella (clientes, proveedores, contratistas). 
  1. Conflicto de interés: cuando se afecte el desempeño y el objetivo de las funciones del personal debido a intereses personales o con terceros, o cuando en las decisiones o acciones del personal prevalezca un interés distinto al de la empresa. 
  1. Extorsión: cuando se obligue sin derecho alguno, con o sin amenaza, con o sin abuso de cargo, a un colaborador a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar una acción para obtener un beneficio, generar lucro y/o afectar a la empresa. 
  1. Fraude: cuando se obtenga un beneficio o ventaja a través del engaño o del error de un colaborador o un tercero (cliente o proveedor). Prohibida la distribución, copia o reproducción total o parcial del documento y/o su contenido, sin autorización explícita del Área de Procesos de Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V. 
  1. Intimidación: cuando se inhiba a un colaborador o un tercero, con o sin amenaza, con o sin abuso de cargo, para evitar una denuncia o aporte de información relativa a una conducta sancionada por el marco normativo de la organización. 
  1. Tráfico de influencias: cuando por su propia cuenta gestione o tramite resoluciones o negocios ajenos a sus responsabilidades y funciones inherentes a su cargo para obtener un beneficio propio o para un tercero y que genere un daño económico o reputacional de la empresa. 
  1. Uso indebido de información privilegiada: cuando se sustraiga, destruya, oculte o se utilice ilícitamente información, en cualquier medio, que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o conocimiento por su cargo. 
  1. Se equipará a actos de corrupción encubrir, incitar, ayudar o patrocinar contrataciones de proveedores y prestadores de servicios, selección y contrataciones de personal, y desvío de recursos. 
  1. Ofrecer, solicitar, exigir, aceptar, entregar, recibir, prometer o autorizar un beneficio económico o de otro tipo, tangible o intangible, actual, futuro o en expectativa, y que no se encuentre regulado o autorizado por la normatividad interna o externa de la organización. 

5.2.- Serán considerados acciones ilícitas que tengan la intención de obtener, aceptar u ofrecer los siguientes beneficios: 

  1. Pagos indebidos. 
  1. Cortesías o promociones cuando su valor o costo comercial exceda lo permitido por su 
normatividad interna o no se encuentre disponible para el público en general. 
  1. Pagos o regalos entregados como “pagos de facilitación o trámite” que se reciban para obtener un favor, resolver con celeridad un trámite de su responsabilidad, obtener un permiso, licencia o servicio al cual se tiene derecho, o para evitar un abuso de poder. 
  1. Regalos, pagos en efectivo o en especie efectuados como donativos o donaciones. 
  1. Presentación intencional, errónea u ocultación de registros e información contable.

6.- CONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD

La presente Política se entrega y está a disposición de todos los integrantes de TEC DEL AGU Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V. A a través de la Intranet corporativa. 

Asimismo, la presente normatividad se encuentra a disposición de sus Socios de negocio, contratantes, terceros e interesados a través de su portal de Internet www.tecdelagua.com.mx.

7. EXCEPCIONES 

No aplican 

8. SANCIONES A INCUMPLIMIENTOS

Los sujetos adheridos al ámbito de aplicación de la presente normatividad con independencia de su nivel jerárquico y ubicación geográfica o funcional, tienen la obligación de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en expresamente, en cuanto les sea de aplicación, igualmente, a los encargados de velar por su correcta ejecución.

El incumplimiento por parte del colaborador a lo establecido a la presente política lo hace acreedor a una sanción de acuerdo con lo establecido en el procedimiento Administración y control de medidas disciplinarias y a lo que determine el Comité de Ética y/o la Alta Dirección. 

En el caso que la actuación de algún Miembro de la Organización pudiera ser constitutiva de un ilícito, tal circunstancia será puesta de manifiesto a las autoridades competentes para su conocimiento y persecución. La denuncia se presentará con las evidencias y/o indicios existentes.

Las medidas que se adopten desde una perspectiva laboral serán respetuosas de la legislación aplicable.

9. DEFINICIONES 

Se relacionan a continuación las definiciones de los conceptos utilizados 

TEC DEL AGUA/Organización: Servicios de y Tecnologías Especializados para La Gestión del Agua, S.A. de C.V. 

Miembros de la Organización: Socios, accionistas, directivos, empleados, trabajadores fijos, empleados temporales o bajo convenio de colaboración, voluntarios y el resto de las personas bajo subordinación jerárquica de cualquiera de los anteriores. 

Socios de negocio: cualquier persona jurídica o física, con quien la Organización mantiene o prevé establecer algún tipo de relación de contractual para la entrega de bienes o prestación de servicios. 

Sujetos afectados por este documento: todos los Miembros de la Organización, así como los Socios de negocio que se determinen, cuando resulte aconsejable o necesario trasladar la totalidad o parte de sus contenidos de este documento. 

Tercero: persona física, moral u organismo independiente de la Organización. 

Partes interesadas: las personas físicas o jurídicas que pueden afectar, verse afectadas o percibirse como afectadas por una decisión o actividad de la Organización.

10.- Registro de Actualizaciones

VersiónFechaRegistro de Actualizaciones
125 julio 2023

SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS ESPECIALIZADOS PARA LA GESTIÓN DEL AGUA, S.A. DE C.V.

MARCELO DORANTES RAMÍREZ

Representante Legal.